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Ayudas individualizadas para la supresión de barreras arquitectónicas de personas mayores

barreras arquitectónicas

Subvenciones de ayudas individualizadas en materia de supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores, que hayan sido realizados en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de junio de 2024.

⭕️ Solicitantes

Personas que tengan 60 años o más, y que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda objeto de la reforma, y a las cuales las obras beneficien directamente.

⭕️ Requisitos

a) Que existan deficiencias motoras o sensoriales en las personas solicitantes que impidan o dificultan su movilidad, o grados I, II o III de dependencia, o grado de discapacidad igual o superior al 33%.

b) Que las actuaciones a realizar estén relacionadas con las necesidades de accesibilidad y comunicación, siendo excluidas las obras que signifiquen una mejora en el hogar/edificio que no esté directamente relacionada con los impedimentos físicos y/o sensoriales.

c) Idoneidad de lo solicitado para cubrir la necesidad que requiere el sujeto, que se acreditará a través de los informes médicos y sociales exigidos.

d) La persona solicitante debe ser la propietaria, usufructuaria o arrendataria de la vivienda objeto de la reforma. En caso de que la persona solicitante sea la arrendataria o la usufructuaria, tendrá que disponer de la autorización de la persona propietaria de la vivienda para la realización de las obras de arreglo.

e) En el caso de que la reforma se solicite para eliminación de barreras en el acceso a una finca de propiedad horizontal, será necesario contar con la autorización de la comunidad de propietarios, registrada en la correspondiente acta.

f) No estar sometida a ninguno de los supuestos de prohibición para ser persona beneficiaria de subvenciones, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

g) Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y de la Generalitat Valenciana, y de las obligaciones con la Seguridad Social.

h) Que la vivienda objeto de la reforma esté ubicada en la Comunitat Valenciana.

El cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente artículo para poseer la condición de beneficiario vendrá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria

⭕️ Plazo de presentación

Desde: 28/10/2024 hasta: 18/11/2024.

Será de 15 hábiles días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 9965 de 25.10.2024).

✚ Más información: Detalle del procedimiento

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COCEMFE Alicante
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