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Programa de Ayudas Reina Letizia para la inclusión 2024-2025

Ayudas Reina Letizia

El Real Patronato sobre Discapacidad lanza la IV edición del Programa de Ayudas Reina Letizia para la Inclusión 

El Programa de Ayudas Reina Letizia para la Inclusión es un programa de ayudas económicas destinadas a estudiantes con discapacidad que desarrollen estudios en centros educativos y universidades.

👉Se podrán solicitar y recibir ayudas hasta 10.000 euros por persona.
👉El plazo será del 20 de junio al 22 de julio de 2024.

⭕️ ¿Quién la puede solicitar?:
Las personas físicas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener una discapacidad reconocida de al menos 33% o estar en una situación asimilada (pensión incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez; pensión clases pasivas incapacidad permanente o inutilidad).
    También pueden solicitarlos quienes sean destinatarios de las medidas de acción positiva para el acceso al empleo por tener una discapacidad intelectual límite, según R.D. 368/2021 de 25 de mayo.
  • Tener nacionalidad española o residencia legal en España.
  • Iniciar o estar cursando entre el 1 de septiembre de 2024 y 31 de agosto de 2025 estudios o actividades formativas comprendidas en esta convocatoria (apartado 1.2.1).
  • Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social o entidad similar.
  • No ser deudor por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones y estar al corriente de las obligaciones tributarias.
  • Cumplir con los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


⭕️ ¿Qué gastos cubre el programa?:
Los gastos que pueden solicitarse son los siguientes:
⇢Matricula, costes de matriculación.
⇢Mensualidades
⇢Tasas de exámenes o de expedición de certificados o títulos.
⇢Producto de apoyo incluidos en el Anexo II (solo los incluidos)
⇢Servicios profesionales de apoyo a la formación incluidos en el Anexo II (solo los incluidos)
⇢Asistencia personal o ayuda de tercera persona para la formación
⇢Desplazamiento:

  • De personas con movilidad reducida oficialmente reconocida o con dificultades para utilizar transporte colectivo: taxi, vehículo de transporte con conductor (VTC), vehículos de uso público accesibles, y vehículo particular.
  • De las personas solicitantes con domicilio habitual distinto al del centro de formación o centro educativo (durante el período de formación, con carácter general, sólo se podrá justificar un máximo de 6 desplazamientos, efectuando los mismos en clase turista de transporte colectivo).
  • En transporte de servicio regular especial en el caso de formaciones específicas para personas con discapacidad.

⇢Alojamiento cuando la formación presencial se curse fuera del lugar de residencia habitual (alquiler de vivienda, hospedaje en colegio mayor, pensión o similar).

Los gastos asociados a las ayudas solicitadas deberán incurrirse entre el 1 de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025.

Las ayudas no podrán superar el coste de la actividad, producto o servicio.

 📍Guía Informativa (versión rápida)

 📍Toda la información en Real Patronato de la Discapacidad

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