Buscar

Subvenciones para el sostenimiento de servicios estables de información, orientación y asesoramiento, intervención psicosocial e integración laboral. 2026

persona gestionando documentación para subvenciones de bienestar social en Alicante

La Diputación de Alicante publica la Convocatoria de subvenciones dirigida a Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro, que actúen en el ámbito de Bienestar social, para el sostenimiento de servicios estables de información, orientación y asesoramiento, intervención psicosocial e integración laboral, que se realicen en la Provincia de Alicante entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.

 

🔸 Entidades beneficiarias

Estas subvenciones irán dirigidas a Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro que actúen en el ámbito de Bienestar Social de la Provincia de Alicante, que tengan como función la atención directa a sus socios/as, usuarios/as o familiares y población afectada derivada según protocolos de coordinación con el Sistema Público de Servicios Sociales

Las ayudas serán destinadas a la ejecución de Programas a favor de la Inclusión Social para el sostenimiento de servicios estables de información, orientación y asesoramiento, intervención psicosocial e integración laboral, implementados dentro de la Provincia de Alicante., cuya actuación se desarrolle en los siguientes sectores, expresamente recogido en sus Estatutos:
⇢ Entidades que atiendan exclusivamente a personas con discapacidad intelectual, física o sensorial.
⇢ Entidades que atiendan exclusivamente a personas con enfermedad mental.
⇢ Entidades que atiendan exclusivamente a personas con enfermedades renales, o Alzhéimer, o Párkinson, o enfermedades neurodegenerativas, o cáncer, o esclerosis múltiple o lateral amiotrófica, o fibromialgia, o enfermedades reumáticas y músculo esqueléticas, o diabetes, o VIH, o espina bífida e hidrocefalia, o personas con enfermedades raras o sin diagnóstico o aquellas que necesiten cuidados paliativos.
⇢ Entidades que atiendan exclusivamente a personas con daño cerebral adquirido.
⇢ Entidades que atiendan exclusivamente a menores en situación de protección social, derivados de entidades públicas, que aporten convenio o protocolo vigente de coordinación y derivación de los menores, suscrito por el Concejal/a o Alcalde/sa del Ayuntamiento correspondiente o, en su caso, por la Conselleria competente en materia de servicios sociales, o autorización del Centro/s del que son titulares, de conformidad con el Decreto 59/2019, de 12 de abril, del Consell, de ordenación del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
⇢ Población de especial vulnerabilidad social.
⇢ Entidades que se dediquen a la inserción socio laboral de las personas desfavorecidas, que aporten convenio o protocolo vigente de coordinación y derivación de las personas, suscrito por el Concejal/a o Alcalde/sa o, en su caso, por la Conselleria competente en materia de servicios sociales.
⇢Entidades que se dediquen a la asistencia a personas sin techo o sin hogar, a la distribución o cobertura de necesidades básicas de alimentación o ropa para las personas desfavorecidas, que aporten convenio o protocolo vigente de coordinación y derivación de las personas, suscrito por el Concejal/a o Alcalde/sa o, en su caso, por la Conselleria competente en materia de servicios sociales.

 

🔸 Ámbitos de actuación

Podrán solicitarse subvenciones para proyectos que complementen las competencias o actividades municipales u otras de interés social, en el ámbito de los servicios sociales, en alguna de las siguientes líneas:

  • Programas de sostenimiento de servicios estables de información, orientación y asesoramiento: actuaciones dirigidas a las personas y colectivos para informar, asesorar y orientar sobre sus derechos, ejercicio de los mismos y recursos existentes en el ámbito público y privado de los Servicios Sociales u otros, orientados a resolver sus dificultades y cubrir sus necesidades.
  • Programas de intervención psicosocial: actuaciones dirigidas a personas o colectivos que presenten dificultades en su integración, autonomía personal, uso de recursos de atención especializada, y programas de rehabilitación física.
  • Programas de integración laboral para personas desfavorecidas: que contengan distintas actuaciones orientadas a la promoción laboral de personas y colectivos en edad laboral activa, que presenten dificultades de acceso al sistema laboral, acompañamiento en su incorporación y/o desarrollo de habilidades y competencias, como la enseñanza de una profesión concreta, con el objetivo de obtener un empleo. Se desestimarán aquellos programas con escaso contenido o que sean genéricos o meramente teóricos.

 

🔸 Requisitos

Podrán solicitar las subvenciones aquellas entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Estar inscrita en el Registro general de titulares de actividades, servicios y centros de Servicios Sociales de la Comunitat Valenciana, según el Decreto 59/2019.
  2. Tener domicilio social o delegación activa en la Provincia de Alicante, abierta al público, y demostrar que la entidad opera continuamente en Servicios Sociales. No se subvencionan domicilios particulares.
  3. Tener fines institucionales orientados a mejorar la calidad de vida de las personas afectadas y sus familias, según sus Estatutos.
  4. No estar incurso en ninguna causa que impida ser beneficiario de subvenciones públicas (artículo 13 LGS).
  5. Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o haber acordado fraccionamiento o aplazamiento de deudas.
  6. Estar al día con obligaciones previas al 31 de diciembre de 2025 respecto a la Diputación.
  7. Haber justificado la subvención de 2025 o haber renunciado expresamente a ella.

 

🔸 Importe

El importe de la subvención otorgada a cada entidad no podrá exceder de 8.000 euros, ni del coste del programa subvencionado, pudiendo alcanzar hasta el 100% del coste total del mismo, correspondiendo a la Entidad beneficiaria financiar a su cargo, o con otras subvenciones o ingresos, la parte del gasto que excediera de la subvención provincial.

 

🔸 Presentación de las solicitudes y plazo

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Desde el 24 de marzo hasta el 13 de abril de 2026, ambos inclusive.

El trámite electrónico para su presentación, con la información y documentación, estará disponible en la sede electrónica de la Diputación, en el apartado TRÁMITES / BIENESTAR SOCIAL. Convocatoria de subvenciones a Asociaciones y Entidades Privadas sin fin de lucro para sostenimiento de Servicios Estables de Información, Orientación y Asesoramiento, Intervención Psicosocial e Integración Laboral.

📍 Diputación de Alicante: Más información

⤴️​  Acceder a la convocatoria completa 

 

Loading

Actualidad COCEMFE Alicante

Suscríbete a nuestro boletín de noticias

Recibe semanalmente en tu correo las últimas noticias en materia de discapacidad.

COCEMFE Alicante
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible.

La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Tienes toda la información de privacidad en nuestra página de política de privacidad y política de cookies.