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Subvenciones para adquisición de bienes inventariables 2024

bienes inventariables

La Diputación de Alicante publica la convocatoria de subvenciones dirigida a Asociaciones y Entidades privadas sin ánimo de lucro, que actúen en el ámbito del Bienestar Social en la Provincia de Alicante, destinada a la concesión de subvenciones para la adquisición de bienes inventariables, anualidad 2024.

🔸 El plazo para la adquisición del equipamiento abarcará desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024, ambos incluidos.

🔸 El plazo para la adquisición del vehículo abarcará desde el 7 de noviembre de 2023 hasta el 6 de noviembre de 2024, ambos incluidos.

*Se incluyen en esta Convocatoria la adquisición de bienes inventariables de carácter técnico, rehabilitador y médico-asistencial.

*En esta convocatoria se admitirá únicamente una solicitud por Entidad.

 Solicitantes

Asociaciones y demás Entidades privadas sin fin de lucro, que actúen en el ámbito del Bienestar Social, legalmente constituidas e inscritas, de conformidad con lo siguiente:

a) Podrán solicitar subvención destinada a la adquisición de bienes inventariables, excepto vehículos, por importe máximo de 1.000 euros, las Entidades cuya actuación se desarrolle en los sectores de población que figuran a continuación, constando expresamente en sus estatutos:

  • Personas con diversidad funcional: discapacidad intelectual, física o sensorial.
  • Personas con enfermedad mental.
  • Colectivos con necesidades socio-sanitarias (Párkinson, Alzhéimer, cáncer, esclerosis múltiple, VIH, etc.…).
  • Personas mayores.
  • Menores en situación de protección o riesgo social.
  • Población con especial vulnerabilidad social, en cuyos estatutos figure expresamente su dedicación a la distribución de alimentos y productos de primera necesidad, a la integración o inserción laboral de las personas desfavorecidas o a la asistencia a personas sin techo o sin hogar, y las Entidades de personas de etnia gitana.

b) Las subvenciones destinadas a la adquisición de vehículos únicamente podrán ser solicitadas por:

  • Asociaciones que en sus estatutos figuren expresamente como Asociaciones de espina bífida e hidrocefalia, con sede en la Provincia de Alicante.
  • Federaciones de Asociaciones privadas sin fin de lucro de personas con diversidad funcional (discapacidad intelectual, física o sensorial), que tengan un mínimo de 15 Asociaciones federadas con sede en la Provincia de Alicante.

 Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP Nº91 – 14/05/2024

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