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Actualizado el:

12 marzo, 2024

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Complemento para titulares de pensión no contributiva que residan en viviendas alquiladas

REQUISITOS
Podrán ser personas beneficiarias de este complemento las personas que reúnan, a la fecha de la solicitud, los siguientes requisitos:

• Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
• Carecer de vivienda en propiedad.
• Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
• No tener con la persona arrendadora de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquella una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
• Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.

Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una PNC, sólo tendrá derecho a este complemento quien sea titular del contrato de arrendamiento o, de ser varias personas, la primera de ellas.

SOLICITUD DEL COMPLEMENTO
El plazo de solicitud de este complemento finalizará el 31/12/2024.

CUANTÍA
La cuantía anual del complemento asciende a 525€.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Registro de la Dirección Territorial. Servicios Sociales e Igualdad
Rambla Méndez Núñez, 41 – Alicante