Buscar

Ayudas de promoción de la autonomía personal para personas con discapacidad 2024

promoción de la autonomía personal

La Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda convoca las ayudas personales de promoción de la autonomía personal para personas con discapacidad

⭕️ Objeto del trámite

a) Adquisición de ayudas técnicas y productos de apoyo.
b) Ayuda destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda y la adaptación funcional del hogar.
c) Ayuda para la adaptación de vehículos.
d) Ayudas de transporte para la asistencia a tratamientos y centros asistenciales.

⭕️ Personas beneficiarias

  1. Pueden solicitar las ayudas las personas físicas que tengan la condición legal de persona con discapacidad residentes en la Comunidad Valenciana.
  2. Las personas beneficiarias de ayudas personales para facilitar la autonomía personal deberán reunir los siguientes requisitos:
    a) Ser menor de 65 años.
    b) Tener una renta individual o per cápita familiar inferior al triple del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para el ejercicio anterior al de la convocatoria.
    c) Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el/la solicitante que supongan una pérdida de autonomía, le impidan o dificulten su movilidad o comunicación a través de medios normales.
  3. En el caso de ayudas de transporte, además, es preciso:
    a) Tener reconocida la condición de persona con discapacidad con movilidad reducida.
    b) No estar comprendido en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social por no desarrollar actividad laboral.
    c) No tener reconocido el subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte.
  4. En todo caso, los beneficiarios de las ayudas deberán reunir los requisitos que se establecen con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  5. Asimismo es precisa la idoneidad de la actuación o ayuda solicitada para cubrir las necesidades que plantea el solicitante, que deberá ser evaluada por el órgano instructor, conforme a las condiciones para la concesión.

⭕️ Cuantía de la ayuda

↪️ 1. La cuantía máxima de la ayuda no podrá ser superior al coste de la acción, ni superar los módulos económicos máximos siguientes:

A) Adquisición de ayudas técnicas y productos de apoyo:
1. Ayudas técnicas para personas con discapacidad física: 2.100 euros
2. Ayudas técnicas para personas con discapacidad auditiva: 1.600 euros
3. Ayudas técnicas para personas con discapacidad visual, intelectual o trastorno del espectro autista: 1.350 euros
4. Otros productos y ayudas técnicas: 1.200 euros

B) Ayudas destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda y la adaptación funcional del hogar:
1. Adaptaciones en el cuarto de baño: 2.800 euros
2. Eliminación de barreras en el interior de la vivienda: 4.000 euros

C) Adaptación de vehículo de motor: 1.500 euros

D) Ayudas de transporte para la asistencia a tratamientos y centros asistenciales: 6 euros/día – 1.440 euros/año

↪️ 2. La cuantía de la subvención se determinará en función de la puntuación obtenida por las solicitudes y de acuerdo con los porcentajes máximos que a continuación se señalan:
90 o + puntos: 90%
85 a 89 puntos: 85%
80 a 84 puntos: 80%
75 a 79 puntos: 75%
70 a 74 puntos: 70%
65 a 69 puntos: 65%
60 a 64 puntos: 60%

↪️ 3. Se exceptúa de lo previsto en el apartado anterior, las ayudas de transporte para la asistencia a tratamientos y centros asistenciales, que se concederán conforme al módulo económico máximo mensual, por los meses que se establezca en función de los días de asistencia a los tratamientos.

⭕️ Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 9873 / 18/06/2024).Del 19-06-2024 al 18-07-2024

📍 Más información: Detalle del procedimiento

Loading