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Bono digital para colectivos vulnerables
Bono Digital 2022 La Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital de la Generalitat Valenciana abre el periodo de solicitud de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables.
⭕️ ¿Qué es al Bono Digital?
Se trata de una ayuda para la contratación de nuevos servicios de internet fijo o de un aumento en la velocidad ya contratada consistente en una bonificación mensual de 20 euros sobre el precio final (IVA incluido) de la factura emitida, hasta un máximo de 240 € a repartir en doce mensualidades.
⭕️ Requisitos:
Cualquier persona que cumpla las siguientes condiciones:
a) Estar empadronadas en un municipio de la Comunidad Valenciana. b) Que la vivienda en la cual se instalará la conexión sea la residencia habitual c) Que pertenezca a un colectivo vulnerable:
Las personas titulares o beneficiarias de la Renta Valenciana de Inclusión, en cualquier de sus modalidades, en la fecha de la solicitud.
Las personas titulares o beneficiarias de la prestación del Ingreso Mínimo Vital, en cualquier de sus modalidades, en la fecha de la solicitud.
⭕️ Cuantía de la ayuda:
Se trata de una bonificación mensual de 20 euros sobre el precio final (IVA incluido) de la factura emitida (exclusivamente sobre el acceso a internet fijo), hasta un máximo de 240 euros a repartir en doce mensualidades.
La cuantía del bono se transfiere al operador que presta el servicio por lo que, al cliente, se le aplica directamente la bonificación que se reflejará en la factura.
Finalizado el disfrute del Bono Digital, el operador que presta el servicio se compromete a seguir prestando los servicios contratados durante al menos un año en las mismas condiciones. Lo que no incluye la aplicación de la bonificación, pero sí las tarifas especiales establecidas en el contrato
⭕️ Plazo de presentación:
La solicitud del Bono Digital se podrá tramitar hasta el 25 de noviembre.
AMPLIACIÓN DE PLAZO HASTA 31/07/2023
⭕️ Presentación de solicitudes:
Las personas interesadas podrán presentar la solicitud del bono digital bien de manera presencial o de manera telemática.
a) De manera PRESENCIAL:
-En el registro de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital – Dirección General para la Lucha contra la Brecha Digital (Avda. Jean Claude Combaldieu s/n, 03008, Alicante)
-En las oficinas de asistencia en materia de registros como las oficinas PROP.
-En el registro de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, Administración de las Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos o en las entidades que integran la Administración Local o en cualquier organismo o entidad del sector público institucional que funcionan como «ventanilla única».
-En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
b) De manera TELEMÁTICA: se realizará a través del procedimiento https://www.gva.es/proc22532, para el que será necesario contar con certificado electrónico.
⭕️ Documentación a presentar:
Formulario de solicitud del Bono Digital: https://innova.gva.es/documents/169273731/361890185/02_01_ANEXO+I_FORMULARIO+SOLICITUD+INTERESADOS_IMPRESO_INBAYU.pdf/2f749ef8-54ca-bbe9-d58b-8768ce9fe316?t=1666346366182
Fotocopia del DNI/NIE.
Resolución definitiva del reconocimiento como persona titular o beneficiaria de la Renta Valenciana de Inclusión, en la fecha de la solicitud.
O bien, resolución definitiva de haber sido reconocida como persona titular o beneficiaria de la prestación del Ingreso Mínimo Vital, en la fecha de la solicitud.
Certificado o volante de empadronamiento colectivo.
Acreditación de la representación, si procede.
No será necesario aportar aquella documentación que esté en poder de la Administración y se pueda consultar telemáticamente, siempre que se autorice. En caso de no poder acreditarse a través de la plataforma autonómica de interoperabilidad, se acreditará presentando certificado del órgano competente en la materia.
En caso de no poder presentar la documentación o que no se pueda comprobar por la Administración y no abre en el poder de la persona solicitante, esta podrá realizar una Declaración Responsable que lo obliga a presentar esa documentación durante la instrucción del procedimiento.
Para más información y resolución de dudas contactar a través del T. 960 99 25 95 o enviar un email a bono_digital@gva.es
⭕️ Operadores que pueden prestar servicio:
Las personas interesadas tendrán que indicar en la solicitud y por orden de prioridad, hasta tres operadores de entre los adheridos al programa del bono digital para la formalización del contrato. Para consultar los operadores deberá tener instalado Excel.
📍 CONSULTAR OPERADORES POR MUNICIPIO
El desplegable solo mostrará aquellos operadores que prestan servicio en su municipio por lo que deberá comprobar directamente con el operador que dispone de cobertura en su domicilio.
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