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Actualizado el:

17 abril, 2024

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Ayudas de autonomía personal

Ayudas para el desarrollo personal

Son medidas dirigidas a facilitar la autonomía personal a personas con problemas
motores o sensoriales, propiciando el mantenimiento en el propio entorno familiar y social, incrementando su autonomía y favoreciendo sus relaciones y la integración en la sociedad.

INCLUYEN
• Adquisición de ayudas técnicas y productos de apoyo.
• Ayudas destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas en el interior de la vivienda y la adaptación funcional del hogar.
• Ayudas para la adaptación de vehículos.
• Ayudas de transporte para la asistencia a tratamientos y centros asistenciales.

PERSONAS BENEFICIARIAS
Las personas beneficiarias de las ayudas, sin perjuicio de las especificidades establecidas para cada una de ellas, deberán reunir con anterioridad a la publicación de la convocatoria los siguientes requisitos:

1. Tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad.
2. Tener su residencia legal en un municipio de la Comunidad Valenciana.
3. Ser menor de 65 años.
4. Tener una renta individual o per cápita familiar inferior al triple del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para el ejercicio anterior al de la convocatoria.
5. Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en la persona solicitante que supongan una pérdida de autonomía, le impidan o dificulten su movilidad o comunicación a través de medios normales.

CUANTÍA / PROCEDIMIENTO DE COBRO
La cuantía máxima de la ayuda no podrá ser superior al coste de la acción ni superar los módulos económicos máximos siguientes:

A) Ayudas técnicas y productos de apoyo:

  1. Discapacidad física: 2.100€
  2. Discapacidad auditiva: 1.600€
  3. Discapacidad visual, intelectual o trastorno del espectro autista: 1.350€
  4. Otros productos y ayudas técnicas: 1.200 €

B) Ayudas para adaptaciones en el hogar y supresión de barreras en el interior de viviendas:

1. Adaptaciones en el cuarto de baño: 2.800€
2. Eliminación de barreras en el interior de la vivienda: 4.000€

C) Ayudas para la adaptación de vehículos a motor: 1.500€ máximo

D) Ayuda al transporte: 6€ al día

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOGV nº 9502 de 13.12.2022. Plazo de solicitud finalizado (del 1 al 31 de enero de 2023).

¿DÓNDE DIRIGIRSE?
• Servicios Sociales del municipio donde resida la persona solicitante.
• Dirección Territorial de la Consellería: Rambla Méndez Núñez, 41 – Alicante


Ayudas para la atención especializada en centros residenciales

Las ayudas personales para la atención especializada residencial se conceden con carácter de subvención personal y finalista, para atender las necesidades de atención integral de las personas con discapacidad o con enfermedad mental crónica que carecen de suficientes recursos económicos y requieren atención asistencial y cuidados especiales, que no se pueden prestar en el medio familiar. La atención residencial podrá desarrollarse en residencias y viviendas tuteladas.

REQUISITOS
• Ser mayor de 16 años y menor de 65 años.
• Tener acreditada la necesidad de cuidados especiales, por estar afectado/a por una discapacidad que dificulte su inclusión social, carecer de domicilio o tener una situación familiar grave que impida la atención de la persona que, por sus características personales, no pueda desarrollarse en el medio familiar.
• Carecer de recursos económicos individuales y familiares suficientes, que le impida hacer frente al precio de un servicio de atención residencial especializada.

CUANTÍA
El importe de la ayuda personal, que tiene carácter complementario, para que la persona pueda acceder a la atención residencial que requiere, se determinará teniendo en cuenta un coste de referencia de 2.550 € mensuales como cuantía máxima de estas ayudas personales.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes podrán presentarse de manera presencial o por vía telemática, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV núm. 9502 de 31.12.2022), finalizando el 1 de diciembre de 2023.

• Servicios Sociales del municipio donde resida la persona solicitante.
• Dirección Territorial de la Conselleria: Rambla Méndez Núñez, 41 – Alicante